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¿Qué es el IVA trasladado?

¿Qué es el IVA trasladado?

El IVA es un gravamen al consumo, es decir, quien lo causa y lo paga es el consumidor final de bienes o servicios gravados por este impuesto.                                                              Su principal característica es que no recae directamente en los ingresos del contribuyente, sino que afecta el costo de un producto, servicio o mercancía. Es un impuesto indirecto.

En el artículo, que a continuación te presentamos,  vas a encontrar qué es el IVA trasladado, momento de causación, contribuyentes obligados al pago del IVA y las tasas y actividades que grava este impuesto.

El IVA pertenece al grupo de impuestos que requieren que los contadores, administradores, abogados, fiscalistas, estén actualizados y cuenten con sólidos conocimientos de la Ley del IVA.

De manera que están obligados al pago del IVA, las personas físicas y las personas morales que en el territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes: Enajenen bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes e importen bienes o servicios.

 

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IVA Trasladado

Es el impuesto incluido en las facturas de venta que han sido cargadas a los clientes, así como también, el impuesto incluido en notas de cargo por diversos conceptos y que es cargado a personas físicas o morales.

Tasas para el cálculo del IVA

La tasa del IVA del 0% se aplica por la enajenación de los siguientes productos:

  • Animales y vegetales.
  • Medicinas de patente.
  • Hielo y agua no gaseosa ni compuesta.
  • Ixtle, palma y lechuguilla.
  • Caviar, salmón ahumado y angulas.
  • Saborizantes, microencapsulados y aditivos alimentarios.
  • Jarabes o concentrados para preparar refrescos.
  • Chicles o gomas de mascar.
  • Hielo y agua no gaseosa ni compuesta.
  • Tractores para accionar implementos agrícolas.
  • Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas.
  • Invernaderos hiropónicos y equipos integrados.
  • Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes.
  • Libros, periódicos y revistas.

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Tasa del 0% por la prestación de los siguientes servicios independientes:

  • Directamente a los agricultores y ganaderos.
  • De molienda o trituración de maíz o de trigo.
  • De pasteurización de leche.
  • En invernaderos hidropónicos.
  • Despepite de algodón en rama.
  • Sacrificio de ganado y aves de corral.
  • Suministro de agua para uso doméstico.

La tasa del 16% grava las siguientes actividades:

  • Enajenación de bienes.
  • Prestación de servicios independientes.
  • Otorguen en uso o goce temporal de bienes.
  • Importación de bienes o servicios.

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Momento de causación

Los contribuyentes causarán el IVA en el momento en que efectivamente cobren las contraprestaciones en efectivo, en bienes o servicios aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto.  Sin importar el nombre con el que se les designe, o bien, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones.

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Contribuyentes obligados a pagar el IVA

Están obligados a realizar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

  • Instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria.
  • Personas morales que reciban servicios personales independientes, adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su comercialización.
  • Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes ya sean personas físicas o morales o los que reciban servicios prestados por comisionistas  como personas físicas.
  • Personas físicas o morales que adquieran bienes tangibles o los usen o gocen temporalmente, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país.
  • Personas morales que cuenten con un programa autorizado conforme al Decreto que establece Programas de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación o al Decreto para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación.

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Finalmente, el IVA es uno de los impuestos con el que hay que tener diversos controles para el cálculo, entero y pago a las autoridades fiscales.

El IVA es trasladado cuando el contribuyente le factura a sus clientes. Es  IVA acreditable, cuando con la compra de un bien o servicio el contribuyente lo paga a su proveedor.  

Por estas razones se hace indispensable implementar controles para la identificación el IVA por la venta y compra de bienes o servicios de acuerdo a la operación de la compañía.

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