En México, el sector primario constituye una actividad económica que contribuye de manera significativa al Producto Interior Bruto (PIB) de la nación. Su importancia es fundamental para el conjunto de la sociedad mexicana ya que crea multitud de puestos de trabajo y es la base de otros sectores económicos.
Además, tenemos que tener en cuenta que el desarrollo del sector primario garantiza un objetivo prioritario de todos los Estados: la suficiencia alimentaria.
Por estas razones, debemos conocer en profundidad el régimen fiscal que regula este sector, tan importante para el desarrollo de la economía mexicana.
Tributación
Impuesto sobre el valor agregado (IVA)
En México, el IVA está calculado sobre una tasa del 16% que debe pagar toda persona física o moral que enajene bienes, importe servicios u otorgue el uso o disfrute temporal de bienes. Se debe pagar a las autoridades fiscales al mes siguiente en que realizamos las actividades o servicios antes mencionados.
Impuesto sobre la renta (ISR)
Se aplica a cualquier persona física o moral, sea residente en México o foráneo, cuando perciba ingresos de cualquier tipo. En virtud de las retribuciones obtenidas se aplica el porcentaje correspondiente. Por ejemplo, en el 2018 a una persona física con ingresos de 12,000 pesos se le hará una retención del 10.58%, debido a este impuesto.
Beneficios fiscales
Para conseguir un mejor aprovechamiento de los recursos del sector primario, es necesario conocer los beneficios que otorgan las leyes en materia fiscal, que vamos a mostrar a continuación:
Personas morales
- Las personas morales que se dediquen exclusivamente a actividades AGAPES, no pagarán el impuesto sobre la renta si sus ingresos no superan un monto total de 20 veces la UMA por cada socio al año. La Unidad de Medida y Actualización o UMA es la unidad de medida y actualización que ha venido a sustituir al salario mínimo general y por la que, tenemos que calcular los ingresos.
- En las declaraciones provisionales se puede aplicar una reducción del 30% sobre el ISR.
- Existe la opción de presentar las declaraciones provisionales de forma mensual o semestral.
- Al igual que en las personas físicas, se puede obtener la devolución de saldos en favor del IVA en un plazo de 20 días hábiles.
Sociedades o asociaciones de productores
Las asociaciones de productores y también las sociedades cuya fuente de trabajo sea exclusivamente las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y sílvicolas obtendrán una reducción del 30% en el ISR, si sus ingresos no exceden de 4230 veces la UMA del área geográfica del contribuyente al año.
Personas físicas
- Las declaraciones provisionales pueden presentarse de forma mensual o semestral.
- En sus declaraciones provisionales, las personas físicas dedicadas a actividades AGAPES obtienen una reducción del 40% sobre el impuesto de la renta.
- Las personas físicas dedicadas al ejercicio del sector primario, están exentas de pagar el impuesto sobre la renta sino superan la cifra de 40 veces la UMA al año.
- Otro beneficio, es la de obtener la devolución de saldos a favor del IVA en un plazo de 20 días hábiles.
- Si somos personas físicas podemos deducir gastos, descuentos, inversiones, adquisiciones de materia primas y mercancías.
- Existe la opción de descontar los gastos de mano de obra de los trabajadores eventuales, la alimentación de ganados y otros gastos menores sin tener que presentar factura electrónica.
Adquisición de combustibles
Si cumplimos con nuestras obligaciones fiscales, en virtud de lo establecido en el Título II, Capítulo VIII de la Ley del ISR y nos dedicamos en exclusiva a realizar actividades AGAPES, obtendremos un descuento en la compra de combustible del 15%de lo que se haya consumido. Para obtener este beneficio además, tenemos que cumplir un requisito: realizar el pago en efectivo.
No obligación de emitir cheques nominativos
Las personas físicas o morales dedicadas a actividades del sector primario, están exentas de usar cheques nominativos si los pagos a contribuyentes no superan los 5,000.000 pesos al mes.
Tasa del 0%
Las personas físicas y morales dedicadas al sector primario gozan de una tasa de IVA del 0% en los siguientes servicios y actividades: adquisición de equipos de irrigación, exportación de bienes y servicios, preparación de terrenos, instalación de invernaderos hidrópónicos, erradicación de plagas, etc.
Como hemos visto, conocer el régimen fiscal del sector primario nos proporciona múltiples ventajas: cumplir con la ley y obtener los beneficios fiscales que el Estado mexicano otorga, a aquellas personas físicas y morales que se dedican a esta actividad.