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Detalles del curso

Objetivo

El participante recordará, comprenderá, aplicará y analizará:

  • Hechos, conceptos y procedimientos sobre la prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo a nivel internacional y en el régimen jurídico mexicano
  • La integración, objeto y funciones de los principales foros y organismos internacionales e intergubernamentales en la materia

Dirigido

  • Oficiales de Cumplimiento.
  • Profesionistas que cuenten con experiencia y conocimientos previos derivados de sus labores en áreas homogéneas a la de cumplimiento en prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en entidades financieras mexicanas.
  • Personal que lleva a cabo labores de Compliance en entidades financieras Mexicanas.
  • Cualquier persona que desee presentar el examen de certificación de PLD/FT

Beneficios del curso

  • Comprenderá los conceptos básicos de PLD/FT 
  • Identificará la forma en que se integran los organismos internacionales y las autoridades mexicanas relacionadas en la materia.
  • Identificará el marco normativo de prevención aplicable al sector financiero.
  • Repasará las herramientas que contribuyen a tener una mejor comprensión de los riesgos y vulnerabilidades que hacen susceptible a las actividades financieras y no financieras al abuso de los delincuentes y los métodos que estos emplean para ello.

Problemática a resolver 

Se suele presentar problemáticas con los encargados de las áreas de prevención de lavado de dinero y cumplimiento normativo cuando deben implementar controles que cumplan con los principios internacionales en los que se basa este marco preventivo.

Por lo que, una vez revisados, los temas de este curso se podrá evitar:
  • Tener un desconocimiento de las autoridades involucradas en la materia, así como y las funciones que cada una desempeña.
  • Se incumpla con la norma.
  • La aplicación de sanciones económicas por parte de la autoridad supervisora.

Requerimientos especiales para el curso:

El participante deberá conocer previamente las 40 Recomendaciones del GAFI y las Notas interpretativas correspondientes, así como tener la versión física o digital de las mismas y sus notas interpretativas.

  • Código Penal Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 1931, reformado por última ocasión el 12 de noviembre de 2021, en sus artículos 400 Bis y 400 Bis 1, el artículo 139 Quáter.
  • Grupo de Acción Financiera Internacional Mandato (2012-2020), abril 2012.
  • Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario.
  • Oficial de la Federación el 28 febrero de 2022
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario.
  • Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 1996 y reformado por última ocasión el 27 de septiembre de 2017, Capítulo VI.
  • Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, Carta estatutaria, enero 2013.
  • Grupo Egmont de Unidades de Inteligencia Financiera, septiembre 2015.
  • Grupo Wolfsberg, septiembre 2015.
  • Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Resolución 1267 (1999) y Resolución 1373 (2001).
  • Evaluación Nacional de Riesgos 2020.
  • Guía para la Prevención y Detección de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita en el Sistema Financiero Derivadas de Actos de Corrupción, Apartado I.1.3 Transparencia.
Expandir contenido

¿Quién imparte el curso?

Mtra. María del Carmen Medina Maya

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Temario

Conceptos básicos de PLD/FT
Organismos Internacionales
Autoridades Nacionales
  • Lavado de dinero
  • Financiamiento al terrorismo
  • Corrupción
  • Penas del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita conforme al Código Penal Federal.
  • Penas del delito de financiamiento al terrorismo conforme al Código Penal Federal.
  • Conocimientos básicos sobre los organismos y foros internacionales e intergubernamentales en materia de prevención y combate del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
  • Grupo de Acción Financiera (GAFI).
  • 40 Recomendaciones del GAFI.

  • Régimen de prevención.
  • Autoridades nacionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.