Skip to content
49136595264

Detalles del curso

 

Objetivo

Analizar las diversas disposiciones que regulan al régimen de coordinados y personas físicas; para efectos, del Impuesto Sobre la Renta que le es aplicable a los contribuyentes dedicados al autotransporte terrestre de carga y pasajeros, así como las implicaciones fiscales de las facilidades administrativas.

Dirigido

Contadores, administradores, transportistas, auxiliares administrativos y contables. 

  1. Conozca los estímulos fiscales previstos en la Ley de Ingresos de la Federación para obtener el mayor beneficio en materia del ISR.
  2. Realmente está aplicando correctamente el estímulo fiscal del IEPS pagado en el combustible, recuerde que cada semana el SAT publica un acuerdo con los importes a utilizar.
  3. Recuerde que el estímulo de tramo carretero tiene un costo fiscal que debe estar reflejado en el pago provisional del ejercicio.
  4. Sin duda, en el curso tendrá de manera clara y asequible todos los conceptos de ingresos acumulables y deducciones autorizadas.
  5. ¿Procede que el cliente los obligue a utilizar el CFDI de traslado por los servicios prestado?
Expandir contenido

¿Quién imparte el curso?

M.C.F. Miguel Ángel Díaz Pérez

Ver más

Temario

 Régimen de los coordinados para el ISR

  • Sujetos obligados
  • Partes relacionadas
  • Sociedades mercantiles que tributan en el régimen
Determinación del ISR
  • Ingresos acumulables
  • Deducciones autorizadas
  • Pagos provisionales
  • Cálculo del impuesto por cuenta de los integrantes
  • Liquidaciones entre integrantes de copropiedades y coordinados
  • Derechos y obligaciones de los integrados
  • Tratamiento de las pérdidas fiscales
  • Tratamiento de los acreditamientos
  • Tratamiento de los saldos a favor
Régimen fiscal aplicable a personas físicas
  • Régimen General de las Actividades Empresariales
  • Copropiedad empresarial 
  • Régimen de Incorporación Fiscal
  • Régimen de Coordinados

Uso del nuevo complemento de Carta Porte en el CFDI  a partir de1 de junio de 2021.

Consideraciones finales