Una empresa puede reconocer una utilidad en sus estados financieros y, al mismo tiempo, determinar una utilidad fiscal diferente. ¿Significa que su contabilidad está mal? No necesariamente.
Estas diferencias pueden surgir porque las normas contables y la legislación fiscal reconocen determinadas operaciones en momentos distintos.
Aquí es donde entran los impuestos diferidos, un concepto fundamental para presentar correctamente los efectos fiscales en los estados financieros.
Los impuestos diferidos son los efectos fiscales futuros que surgen principalmente de diferencias entre los valores contables y fiscales de los activos y pasivos de una empresa. También pueden originarse por pérdidas fiscales pendientes de amortizar y determinados créditos fiscales.
En México, su reconocimiento se regula mediante la NIF D-4, Impuestos a la utilidad, mientras que en el ámbito internacional se utiliza la NIC 12, Impuesto a las Ganancias.
Su propósito no es calcular cuánto ISR debe pagarse hoy, sino reconocer las consecuencias fiscales que determinadas operaciones tendrán en ejercicios posteriores.
En otras palabras, permiten que los estados financieros reflejen no solo el impuesto del ejercicio, sino también sus efectos futuros.
Aunque ambos forman parte de los impuestos a la utilidad, tienen funciones distintas.
Impuesto causado |
Impuesto diferido |
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Se determina con base en el resultado fiscal del ejercicio. |
Surge de diferencias con consecuencias fiscales futuras y de otros conceptos previstos en la norma. |
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Se calcula conforme a la legislación fiscal aplicable. |
Se reconoce conforme a las normas de información financiera. |
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Representa el impuesto del periodo, a cargo o a favor. |
Puede representar un activo o pasivo por impuesto diferido. |
Por ejemplo, una empresa puede deducir fiscalmente un activo más rápido de lo que lo deprecia contablemente. Esto podría reducir su ISR actual, pero generar un mayor efecto fiscal en periodos posteriores.
La diferencia está en el momento en que se reconoce el efecto fiscal, no necesariamente en que exista un error en los registros.
Una de las causas principales son las diferencias entre el valor contable y la base fiscal de los activos y pasivos.
El valor contable es el importe con el que una partida aparece en los estados financieros. La base fiscal es el valor que se le atribuye para determinar sus consecuencias tributarias.
Estas diferencias pueden generar efectos fiscales futuros cuando se recupere un activo o se liquide un pasivo.
La NIF D-4 distingue las diferencias que tendrán efectos fiscales en periodos posteriores de aquellas que no los tendrán.
No toda diferencia entre la utilidad contable y la fiscal genera un impuesto diferido. Lo importante es identificar si tendrá consecuencias fiscales futuras.
Dependiendo del efecto esperado, una diferencia puede dar origen a dos conceptos.
Activo por impuesto diferido: representa un beneficio fiscal futuro que podría reducir los impuestos a la utilidad de periodos posteriores. Puede surgir de diferencias temporales deducibles o de pérdidas fiscales pendientes de amortizar, sujeto a los requisitos de reconocimiento aplicables.
Pasivo por impuesto diferido: representa una consecuencia fiscal futura que incrementará el impuesto correspondiente cuando se revierta una diferencia temporal acumulable.
Por ejemplo, una provisión contable que será deducible fiscalmente en un periodo posterior podría generar un activo por impuesto diferido. En cambio, una depreciación fiscal más acelerada que la contable puede originar un pasivo.
Importante: reconocer un activo por impuesto diferido requiere evaluar si existe evidencia suficiente de que podrá recuperarse mediante utilidades fiscales futuras, entre otros criterios normativos.
El cálculo parte de identificar las diferencias entre las bases contables y fiscales y aplicar la tasa de impuesto que corresponda conforme a la normativa.
Para un caso sencillo, la fórmula es:
Impuesto diferido = Diferencia temporal × Tasa fiscal aplicable
Sin embargo, antes de utilizarla es necesario determinar si la diferencia es deducible o acumulable, comprobar las condiciones de reconocimiento y considerar las excepciones previstas en la norma.
Supongamos que una empresa tiene maquinaria con los siguientes valores al cierre del ejercicio:
Concepto |
Importe |
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Valor contable de la maquinaria |
$500,000 |
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Base fiscal de la maquinaria |
$400,000 |
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Diferencia temporal acumulable |
$100,000 |
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Tasa de ISR utilizada |
30 % |
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Pasivo por impuesto diferido |
$30,000 |
En este ejemplo hipotético, suponemos que la maquinaria tendrá recuperación gravada y que la tasa aplicable cuando se revierta la diferencia será del 30 %.
El cálculo es: $100,000 × 30 % = $30,000
¿Por qué surge un pasivo?
Porque la empresa conserva un valor contable mayor que su base fiscal. Al recuperar ese valor en ejercicios futuros, tendrá menores deducciones fiscales disponibles que las que refleja su valor en libros.
Por tanto, reconoce un pasivo por impuesto diferido de $30,000, sujeto a las reglas aplicables de la NIF D-4.
Este importe no significa que deba pagar $30,000 adicionales al SAT inmediatamente. Representa el efecto fiscal futuro asociado con la diferencia identificada.
La medición debe considerar la tasa de impuesto que se espera aplicar cuando se revierta la diferencia, de acuerdo con las disposiciones normativas y fiscales correspondientes.
Como referencia, el artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece una tasa general del 30 % para las personas morales del régimen correspondiente en México.
No obstante, esto no significa que todos los impuestos diferidos deban calcularse automáticamente al 30 %. Es necesario revisar el régimen fiscal, la jurisdicción y las condiciones aplicables.
Al preparar los papeles de trabajo, conviene prestar especial atención a estos errores:
Una práctica recomendable es mantener papeles de trabajo que documenten el valor contable, la base fiscal, la diferencia identificada, la tasa aplicada y su evolución entre ejercicios.
No directamente. El impuesto diferido es un reconocimiento contable de consecuencias fiscales futuras. El impuesto que debe pagarse en un ejercicio se determina conforme a la legislación fiscal aplicable.
Depende del marco contable aplicable, de las operaciones de la entidad y de si existen conceptos que generen impuestos diferidos. Su reconocimiento debe evaluarse conforme a las normas correspondientes.
Pueden generarlo cuando se cumplen las condiciones de reconocimiento, incluyendo la evaluación de utilidades fiscales futuras contra las cuales puedan aplicarse.
Los impuestos diferidos ayudan a identificar cómo las diferencias entre la contabilidad financiera y el tratamiento fiscal de una empresa pueden afectar sus impuestos en ejercicios futuros.
Para calcularlos correctamente, es fundamental comparar las bases contables y fiscales, identificar las diferencias con efectos futuros, aplicar la tasa correspondiente y evaluar las condiciones de reconocimiento.
Comprender estos elementos permite preparar estados financieros más completos y tomar decisiones con una mejor visión de sus consecuencias fiscales.
Para profundizar en la aplicación práctica de la NIF D-4 y su relación con las normas internacionales, puedes consultar el curso de COFIDE Impuestos Diferidos Bajo las NIF Mexicanas y NIIF Internacionales.